- mayo 20, 2013
Cuáles son los pasos legales para obtener las prestaciones cuando él no se hace cargo. Te contamos aquí.
A veces, nos encontramos en la difícil situación de tener que afrontar un embarazo sola. No obstante, nuestras leyes protegen al niño por nacer desde la concepción, siendo obligación de ambos progenitores brindar a los hijos todo lo necesario para la subsistencia.
Si estas embarazada, podrás solicitar alimentos prenatales en cualquier momento del embarazo ante el Juzgado de primera instancia de la niñez y adolescencia del distrito de tu domicilio.
¿Quiénes pueden reclamar; cómo puede probarse el vínculo filiatorio del padre, y qué documentos necesitas?
La mujer embarazada puede solicitar ayuda prenatal presentando todos los estudios y certificados médicos que demuestren su estado de gravidez. Si está casada y recientemente separada, debe presentar como prueba su certificado de matrimonio, por la presunción legal establecida en el código Civil, Art. 225 y sgtes.
En el caso de concubinato, se admiten todo tipo de pruebas a fin de probar el vínculo. Fotos, testigos, cartas, etc. que demuestren que la pareja convivía públicamente, en forma estable, y que no existían impedimentos para el matrimonio.
En casos no previstos en los párrafos anteriores, el medio probatorio más fehaciente será la absolución de posiciones del padre. El juez fijará una audiencia donde él acudirá por una única vez y deberá reconocer que es el padre del niño en gestación.
Cabe destacar que la filiación no puede ser impugnada, ni ser objeto de pleitos antes de que el niño nazca.
Fijación del monto
Para ello, se debe realizar un cálculo de los gastos en que incurrirán tú y el bebé, desde la concepción hasta los 45 días del recién nacido, que incluya desde estudios médicos, vitaminas, medicamentos, gastos de parto, honorarios médicos, internación y enseres necesarios para la madre y el bebé. Debes solicitar presupuesto del servicio de atención de salud al que acudes a realizar tu control prenatal y pedir a tu médico las indicaciones de lo que requerirás a lo largo del embarazo. Ésto sin entrar a mencionar que cada embarazo tiene sus particularidades que deberán ser consideradas.
Abog. Lissa Martínez González
Jejui Nro. 853 c/ Montevideo
Tel. 0982-156-805