Permiso legal para viajar al exterior

  • Mujeres separadas: Los trámites que deben hacer para cruzar la frontera con un hijo o hija.

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    Una mujer, mamá o hija, debe conocer sus derechos y responsabilidades. A partir de la fecha, la abogada Lisa Martínez González expondrá su experiencia y conocimiento en materia legal para ayudar a nuestras lectoras a tener idea de cómo resolver los diferentes  temas que a veces deben dirimirse en el ámbito jurídico.

    Supongamos que una madre separada, organiza un sábado de compras con su hijo,  y decide ir a Clorinda o Formosa para aprovechar los beneficios del cambio del guaraní al peso argentino. O mejor, supongamos que la madre esté en España o en Argentina y quiere llevar a su hijo o hija ¿Cuáles son los trámites que tiene que hacer para cruzar la frontera con su hijo o hija? La abogada Lisa Martínez nos da un pantallazo de cuáles son los caminos legales que deben recorrerse.

     

    -En  los casos de padres separados, ¿qué pasos legales se deben cumplir, para el otorgamiento de permiso para que un niño,  niña o adolescente pueda viajar al exterior, ya sea con uno de los padres o con terceros?

    -En primer término, dependerá de la voluntad consensuada de ambos padres para que el niño o la niña viaje. Si este es el caso, ambos progenitores deben tener un certificado de nacimiento original del niño o adolescente,  cédula de identidad de los padres y copia  de los mencionados documentos.  Una vez reunidos estos documentos, se debe recurrir al Juzgado de Paz de la Jurisdicción del domicilio real del niño o niña, llenar y firmar el formulario con los datos requeridos y el destino del viaje. El juez verificará y certificará la identidad de los otorgantes y la legitimidad de los documentos presentados. El permiso correspondiente se entregará en el acto, o  en su defecto,  al día siguiente. Este documento deberá ser legalizado posteriormente en el Departamento de Legalizaciones del Poder Judicial y el Ministerio de Relaciones Exteriores, sin los cuales carecería de validez.

     

    -¿Qué sucede en el caso de que uno de los padres esté ausente?

    -En estos casos, deberá recurrirse ante el Juez de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia del Distrito del domicilio real del niño, con  los mismos documentos exigidos en el anterior caso. Se deberá realizar la solicitud del permiso por escrito,  bajo el patrocinio profesional de un abogado, junto con los datos de testigos que tengan conocimiento cierto de que el padre o la madre está ausente. Estos testigos deberán poder sostener una declaración. Se dará intervención a la Defensoría de la Niñez. Una vez acreditados los documentos y tomadas las declaraciones testificales, el juez dictará resolución otorgando o rechazando el permiso solicitado.

    -¿Qué sucede en el caso de que uno de los padres no preste su consentimiento para el viaje?

    -Si el caso es que uno de ellos no consciente la realización del viaje, se procede de la misma forma que el caso de un progenitor ausente para la solicitud, y se da intervención al padre o la madre que se opone a otorgar el permiso,  a fin de conocer los motivos. El juez imprimirá un trámite sumarísimo (breve). En este juicio se admiten los diferentes medios de prueba, que una vez diligenciados, permitirá que el  Juez proceda  a dictar Sentencia Definitiva, otorgando o rechazando el permiso solicitado.

     

    Abog. Lisa Martínez González
    Jejui Nro. 853 c/ Montevideo
    Cel. 0982-156-805

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