El costo de un acoso callejero

  • Nueva ley prevé una multa de más de 11 millones de guaraníes.

    Compartir:

    El proyecto de “Ley integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres basada en asimetrías de género” está generando una polémica mediática que interpela al machismo y el concepto del piropo. Un piropo es según la Real Academia Española, una lisonja, es decir, “alabanza afectada, para ganar la voluntad de alguien”.

    La autora del proyecto, la diputada Aida Robles ha debido salir a defender el proyecto de ley, expresando que “es un disparate” que se le llame “Ley Antipiropo” en los medios, cuando el proyecto es mucho más amplio que el artículo en discusión. Es que el proyecto, en el artículo 66 pena  “acoso callejero” y el inciso 1° dice: “Quien intencionalmente dirija palabras o acciones con connotación sexual a una mujer con quien no mantiene relación de ninguna índole, en lugares o espacios públicos, o de acceso público, y con ello la perturbe, afecte su dignidad, o la ponga en una situación intimidante, hostil u ofensiva, será castigado con pena de hasta ciento ochenta días multa, o con pena alternativa de trabajo comunitario de hasta nueve meses”.

    “La palabra y concepto de «piropo» no está en ningún lugar del proyecto de ley”, escribió la diputada en su perfil de Facebook. Anunció que el 3 de abril se realizará la cuarta Audiencia Pública en el Congreso Nacional antes de ser tratado en el pleno de Diputados. Llama la atención que en el perfil de la diputada, los comentaristas hombres incluso llamaron «amargada» a la parlamentaria tras su defensa del proyecto.

    Quien acosa en la calle se expone a ser sancionado con 180 jornales de multa (11.480.040 Guaraníes ) o hasta 9 meses de trabajo comunitario, a la par de un resarcimiento económico a la afectada.

    Acosos Callejeros

    “Venía en la línea 27, cansada y me quedé dormida. De pronto, siento una mano entre mis piernas, me despierto y estaba un hombre robusto y enorme sentado a mi lado. Fue horrible, me levanté y me bajé del colectivo sin haber llegado a mi destino…lloré como 60 cuadras y no supe qué hacer. No pude olvidar su cara por mucho tiempo, me parecía verlo en los tipos que se subían en colectivo”, cuenta María, una estudiante universitaria. ¿Qué hacer en esos casos? ¿Cómo se tipifica esto?

    “Caminaba por Carlos Antonio López, venía del supermercado con bolsas en ambas manos. De pronto, un tropel de gente se cruzó conmigo y un  hombre me chocó y me apretó los senos. Me decían «mamita, qué rica» y un montón de cosas.   Fue una sensación terrible de impotencia, una sensación de violación”, relata Romina. «Si esto entra dentro del acoso callejero, me parece genial, porque sólo una mujer que pasó por una situación como esta puede entender la impotencia y el trauma que esto genera», sostuvo.

    El proyecto de Ley aún está en discusión. La clave estará  en la reglamentación de la ley. ¿Cómo se hace para demostrar que hubo un acoso? ¿Cuáles son los pasos que debe seguirse? ¿Debe haber testigos? ¿Bastará con la palabra de la víctima? ¿Cuál será el procedimiento?

    Un vídeo realizado en Argentina reflexiona sobre el acoso y plantea cómo sería si las mujeres fueran las que acosan.

    Compartir:
    Etiqueta(s):

    Más notas: